La Corte Constitucional amplió el acceso al subsidio familiar para trabajadores en Colombia cuyo cónyuge se dedica al cuidado de personas con discapacidad, tras declarar inexequible una restricción que limitaba este beneficio. A través de la sentencia C-062 de 2026, el alto tribunal eliminó el tope de dos salarios mínimos mensuales que establecía la Ley 2225 de 2022. La Corte consideró que esta condición vulneraba el derecho a la igualdad y generaba una discriminación indirecta hacia quienes ejercen labores de cuidado, una actividad asumida en su mayoría por mujeres.
Con esta decisión, el acceso a la cuota monetaria se unifica con el régimen general, lo que permite que trabajadores afiliados con ingresos de hasta cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes puedan acceder al subsidio. Esto aplica siempre que su pareja no tenga ingresos propios y se dedique al cuidado de una persona con discapacidad. El tribunal subrayó que los cuidadores son dependientes económicos y no deben enfrentar condiciones más restrictivas que otros beneficiarios del sistema de subsidio familiar.
Para acceder al beneficio, se mantienen los requisitos establecidos, entre ellos que el cuidador no cuente con ingresos formales y que se presente una certificación médica oficial que acredite la condición de discapacidad de la persona atendida. La medida busca fortalecer la protección social bajo principios de equidad y solidaridad, ampliando el alcance del subsidio y brindando un respaldo económico a más hogares en el país.